👉La cuestión de los frutos que caen sobre el predio del vecino ha sido tratada por la doctrina, que se muestra favorable, como pauta general, a reconocer que son propiedad del dueño del árbol. El Código Civil no contiene una previsión específica y tampoco parece existir jurisprudencia al respecto, aunque es importante el artículo 354 del Código Civil, que señala que los frutos son del propietario del árbol que los produce (“pertenecen al propietario los frutos naturales”). Por tanto los frutos de la ramas que entran en la finca vecina y los frutos que caen en ella son del vecino propietario del árbol. Otra cosa es que el vecino que soporta las ramas puede pedir una indemnización por permitirle entrar a recogerlos o por los daños o molestias que le causen, todo ello con independencia del derecho a exigir que se corten dichas ramas. Por otra parte, el derecho foral de Aragón regula expresamente esta situación y señala que el vecino de la finca invadida por las ramas tiene derecho a la mitad de los frutos. #Elabogadodetiktok #tipslegales #derechos #ramas #frutos #vecino #greenscreen